La creciente presencia de perros sueltos en las calles, avenidas y rutas de Tucumán ha vuelto a poner bajo la lupa un problema que trasciende la simple convivencia barrial para ingresar de lleno en el terreno de la responsabilidad legal. Frente a un accidente vial, la mordedura a un transeúnte o el ataque entre animales, la legislación argentina contempla un abanico de obligaciones y consecuencias jurídicas que afectan de manera directa a los propietarios, aunque también salpican a municipios y organismos públicos en aquellos casos donde los animales carecen de un dueño identificado.
Desde la doctrina jurídica, la abogada María Ester Villagra aclara que la responsabilidad recae de forma directa sobre quien ostenta la guarda del animal, siempre que exista una conducta negligente en su cuidado. En este sentido, el Código Civil y Comercial de la Nación determina que el dueño o guardador debe indemnizar los perjuicios ocasionados a terceros. Estas demandas judiciales suelen traducirse en reclamos económicos significativos que buscan cubrir desde gastos médicos, tratamientos de rehabilitación y medicamentos, hasta la reparación de vehículos, la atención veterinaria de otras mascotas afectadas, la pérdida de ingresos laborales por incapacidad temporal y las compensaciones por daño moral, siempre y cuando se aporten las pruebas correspondientes durante el proceso.

El escenario se vuelve aún más complejo cuando la falta de cuidado deriva en desenlaces trágicos. Aunque la mayoría de estas controversias se resuelven en la fuero Civil, situaciones de extrema imprudencia que provocan lesiones graves o el fallecimiento de una persona abren la puerta a investigaciones en el ámbito Penal. En tales circunstancias, los tribunales evalúan la conducta del titular para determinar la existencia de delitos vinculados a lesiones u homicidios culposos, analizando cada expediente de forma individual para fijar el grado de culpabilidad.
A este marco normativo general se suman las regulaciones locales sobre tenencia de razas potencialmente peligrosas, entre las que se mencionan al Rottweiler, Dogo Argentino y Doberman. Diversas ordenanzas municipales obligan a que estos ejemplares circulen estrictamente amarrados con correa y con bozal colocado. El incumplimiento de estas pautas habilita la intervención de los Tribunales de Faltas para aplicar multas y sanciones administrativas, medidas que corren en paralelo a cualquier acción civil o penal iniciada por los damnificados.
Uno de los puntos más debatidos ocurre cuando el perro involucrado no tiene un propietario identificable. En estos supuestos, la justicia evalúa la omisión del Estado en la prestación de los servicios de control animal y seguridad pública. Si el siniestro sucede dentro del ejido urbano, la responsabilidad puede recaer en el municipio correspondiente, mientras que en las rutas concesionadas con peaje la demanda puede dirigirse contra la empresa administradora por incumplir sus deberes de seguridad vial. Por su parte, si el hecho se registra en trazados provinciales o nacionales sin concesión, la investigación se enfoca en la actuación de las dependencias de Vialidad según las características del caso.
Ante la ocurrencia de un incidente, los especialistas remarcan la importancia de actuar con celeridad para resguardar el material probatorio. Documentar el lugar mediante fotografías, identificar formalmente al animal y a los testigos presenciales, acudir de inmediato a un centro de salud y radicar la denuncia policial resultan pasos fundamentales para respaldar la pretensión indemnizatoria. En definitiva, la tenencia responsable se consolida no solo como un compromiso ético con los animales, sino como un deber legal ineludible para preservar la seguridad pública y evitar gravosas sanciones judiciales.
















