En una serie de resoluciones oficializadas en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica tomó medidas restrictivas contra diversos productos de uso masivo e insumos médicos al detectar severas faltas en sus trámites de registro, situación que impide garantizar la seguridad, procedencia y condiciones higiénicas de su elaboración.
Entre las determinaciones resueltas se encuentra la Disposición 4300/2026, mediante la cual se prohibió de forma absoluta la comercialización, distribución, publicidad y utilización de protectores solares pertenecientes a las firmas Karité, Kiss Beauty y Miss Vanesa. La medida fue la consecuencia directa de un operativo de fiscalización llevado a cabo a mediados de mayo de 2026 por el Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal en locales comerciales porteños. En dichas inspecciones, las autoridades constataron que los responsables no disponían de documentación que acreditara el origen de los artículos, y la posterior revisión en la base de datos oficial confirmó que el serum protector solar Collagen de Karité, la crema protectora SPF50 de Kiss Beauty y el protector Anthelios XL 50+ de Miss Vanesa no figuraban inscriptos. Ante la imposibilidad de verificar el cumplimiento de normas sanitarias y la vía de importación, la prohibición se extendió a todos los cosméticos de esas marcas hasta que se pongan a regla.

Paralelamente, la Disposición 4394/2026 vetó en todo el territorio nacional la circulación de una unidad falsificada del inyectable Dysport 500 IPSEN, con número de lote P22179 y fecha de caducidad fijada en diciembre de 2028. Las actuaciones se iniciaron a partir de una alerta presentada por Galderma Argentina, firma titular del producto en el país, tras detectar un envase con un código de fabricación inexistente dentro de sus registros válidos. Al carecer del sistema obligatorio de trazabilidad y desconocerse el origen, la composición y la esterilidad de dicha unidad, la autoridad sanitaria dispuso la interdicción inmediata del insumo y promovió una denuncia penal para investigar el hecho.
La ofensiva regulatoria se completó con la Disposición 4297/2026, orientada a frenar la oferta en internet de artículos domisanitarios que se promocionaban sin registro de establecimiento ni certificación del producto. La sanción alcanza a las tabletas descalcificadoras para cafeteras Smol, el limpiador de lavarropas Uproot Clean y el limpiador de bachas y desagües Turbo Desagüe. La investigación confirmó que ninguno de estos artículos ni las firmas detrás de su comercialización contaban con la habilitación requerida para operar en el mercado local.
















