El ministro de Economía, Luis Caputo, encabezó este miércoles una conferencia de prensa con el fin de exponer los principales ejes del proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que el Poder Ejecutivo enviará esta semana al Congreso de la Nación para su aprobación en el corto plazo. Acompañado por la integrante de la Secretaría Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy, y por especialistas en materia tributaria, el titular del Palacio de Hacienda explicó que el propósito central de las modificaciones es permitir que los ahorros no declarados puedan ingresar formalmente al sistema bancario sin afrontar sanciones de ningún tipo.
Durante la presentación, Caputo hizo referencia a estimaciones del Banco Central que señalan la existencia de 170.000 millones de dólares fuera del circuito financiero formal, cifra que superaría en cuatro veces el volumen de los depósitos en moneda extranjera de la banca nacional. Según argumentó el funcionario, la incorporación de estos fondos al sistema permitiría continuar con la reducción de la carga impositiva en un contexto económico caracterizado por récords de exportaciones, superávit comercial y compras diarias de divisas por parte de la autoridad monetaria.
Los ajustes al texto normativo sancionado en diciembre pasado surgieron a partir de mesas de trabajo con contadores y tributaristas, derivando en cuatro modificaciones clave. En primer lugar, se eliminaron los topes de ingresos anuales ($1.000 millones) y patrimonio ($10.000 millones) que limitaban la adhesión, quedando el régimen habilitado para todas las personas humanas y sucesiones indivisas con residencia fiscal en el país, manteniendo únicamente excepciones para grandes contribuyentes en relación a ciertos beneficios.

En segundo término, la propuesta modifica los parámetros para que la Agencia de Regulación y Control Agrario (ARCA) pueda cuestionar la exactitud de las declaraciones. Se fijó una salvedad mediante la cual no se considerará discrepancia significativa si la diferencia no excede los $5 millones, aun cuando supere el margen del 15% establecido por la norma. Por otra parte, el proyecto contempla la inversión de la carga probatoria, de modo que si el contribuyente subsana la diferencia y efectúa el pago correspondiente dentro de los 15 días posteriores a la notificación de ARCA, conservará las garantías del régimen. Finalmente, se instauró un mecanismo de reintegro acelerado que obliga al organismo recaudador a devolver en un plazo máximo de 45 días hábiles los montos abonados e intereses si una impugnación queda revocada de manera firme.
















